lunes, 9 de febrero de 2015

LEY DE CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (resumen)


Código Fiscal de la Federación 

Las personas físicas y las Morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las Leyes Fiscales respectivas; las disposiciones de este código se aplicaran en su defecto.

Las personas que de conformidad con las Leyes Fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que se establezcan en forma expresa las propias leyes.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La ley del ISR establece en primer término las disposiciones preliminares aplicables en rasgos generales en materia de dicho impuesto, y fija los tratamientos que corresponden a las personas morales (empresas) y personas físicas. Dentro del régimen propio de las personas morales establece distinto tratamiento en cuanto a los causantes mayores y en otro a los causantes menores. Por lo que respecta al impuesto que se aplica a las personas físicas, se distingue entre ingresos producidos por el trabajo e ingresos derivados del capital y prescribe en cada caso tratamientos diversos derivados del origen del ingreso. Entre las disposiciones generales encontramos la definición de los conceptos de objeto, sujeto, establecimiento permanente y fuente del ingreso, así como las exenciones generales. El objeto del impuesto sobre la renta está constituido por el ingreso en efectivo, en especie o en crédito, provenientes de la realización de actividades comerciales, agrícolas, industriales, ganaderas o de pesca, o por los obtenidos por personas físicas y por los percibidos por asociaciones de carácter civil. Son sujetos del impuesto del que se trate, respecto de todos los ingresos gravables, cualquiera que se la ubicación de la fuente de donde procedan. Las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana y las personas morales de nacionalidad extranjera que tengan un establecimiento permanente en el país.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Se analiza la propuesta del gobierno mexicano de uniformar las tasas impositivas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), como parte de las llamadas reformas estructurales. Primero se consideran los antecedentes de esta propuesta y los cambios anteriores a la estructura de tasas de ese impuesto, para a partir de sus efectos, estimar el probable impacto de la reforma ahora sugerida. Luego se consideran las experiencias internacionales, para analizar las diferencias en evasión en países que aplican una tasa cero o reducida (preferencial) de IVA a alimentos y medicinas, y los que no. Luego se discute la eficiencia de una tasa uniforme de impuestos indirectos en el marco de un modelo teórico de imposición óptima. En el texto sólo se enuncian y se aplican algunos de los resultados de este modelo. La demostración de esos resultados se incluye en cada año que transcurre.

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